Se usan como sinónimos, pero finiquito y liquidación no son lo mismo. El finiquito es lo que te pagan siempre que termina una relación de trabajo. La liquidación es la indemnización adicional que corresponde cuando te despiden sin causa justificada. Saber cuál te toca te ayuda a revisar si lo que te ofrecen es correcto.
¿Qué es el finiquito?
Es el pago de todo lo que ya ganaste y no se te ha cubierto. Aplica en cualquier terminación: renuncia, fin de contrato, mutuo acuerdo o despido. Incluye:
- Salario pendiente: los días trabajados que aún no te pagan.
- Aguinaldo proporcional (art. 87 LFT): la parte del aguinaldo por los días trabajados en el año.
- Vacaciones proporcionales o pendientes (arts. 76 y 79 LFT): las que no disfrutaste. Las vacaciones no se cambian por dinero mientras sigues trabajando, pero sí al terminar la relación.
- Prima vacacional (art. 80 LFT): al menos el 25% del pago de esas vacaciones.
- Otras prestaciones de tu contrato: bonos, fondo de ahorro y similares que ya se hayan generado.
¿Qué es la liquidación?
Es una indemnización que se suma al finiquito cuando el despido fue injustificado o cuando la persona trabajadora rescinde el contrato por causas imputables al patrón. De acuerdo con los artículos 48, 50 y 162 de la LFT, puede incluir:
- Tres meses de salario como indemnización constitucional.
- 20 días de salario por cada año de servicio, en contratos por tiempo indeterminado.
- Prima de antigüedad: 12 días de salario por cada año de servicio, con un tope diario de dos veces el salario mínimo.
- Salarios vencidos desde el despido hasta que se cumpla el pago, con el límite que marca la ley, si el asunto llega a juicio.
Diferencias en una tabla
| Concepto | Finiquito | Liquidación |
|---|---|---|
| ¿Cuándo se paga? | Siempre que termina la relación laboral | Despido injustificado o rescisión por culpa del patrón |
| Salario, aguinaldo y vacaciones proporcionales | Sí | Sí (el finiquito se paga además) |
| Tres meses de indemnización | No | Sí |
| 20 días por año de servicio | No | Sí, en contratos por tiempo indeterminado |
| Prima de antigüedad | Solo en casos concretos* | Sí |
*En una renuncia voluntaria, la prima de antigüedad se paga solo si tienes 15 años o más de servicio. En un despido, se paga sin importar la antigüedad.
Ejemplo con números
Persona con sueldo de $12,000 mensuales y 3 años de antigüedad, despedida sin causa
Salario diario: 12,000 ÷ 30 = $400.
- Tres meses: 90 días × $400 = $36,000.
- 20 días por año: 20 × 3 años × $400 = $24,000.
- Prima de antigüedad: 12 × 3 años × $400 = $14,400. Como $400 es menor al tope de dos veces el salario mínimo de 2026 (2 × $315.04 = $630.08), se usa el salario real.
- Suma de la liquidación: $74,400.
A esa cantidad se agrega el finiquito: salario pendiente, aguinaldo, vacaciones y prima vacacional proporcionales.
El ejemplo usa el salario base para ser claro. En un caso real, las indemnizaciones se calculan con el salario integrado, que incluye las prestaciones que recibes de forma habitual, y pueden sumarse otros conceptos.
Qué revisar antes de firmar
- Pide el desglose por escrito. Cada concepto debe aparecer con su fórmula y su monto.
- No firmes documentos en blanco ni una renuncia que no hayas decidido presentar.
- Verifica fechas y salario: fecha de ingreso, fecha de baja y el salario diario usado.
- Conserva una copia de todo lo que firmes, junto con tus recibos de nómina y tu contrato.
- Los convenios de terminación deben constar por escrito y, para tener validez, ser ratificados ante la autoridad laboral (art. 33 LFT).
Plazos para reclamar
- Si te despidieron, tienes dos meses para reclamar la reinstalación o la indemnización (art. 518 LFT).
- Para otras prestaciones, como aguinaldo o vacaciones, el plazo general es de un año (art. 516 LFT).
Antes de demandar, la ley exige un paso de conciliación en el centro de conciliación laboral que corresponda. La PROFEDET ofrece orientación gratuita para este proceso.
Preguntas frecuentes
Si renuncio, ¿me pagan liquidación?
No. En una renuncia voluntaria se paga el finiquito. La indemnización de tres meses y los 20 días por año aplican cuando el despido es injustificado.
¿Qué pasa si firmo el finiquito y después quiero reclamar algo?
Depende de lo que diga el documento y de si fue ratificado. La renuncia a derechos que la ley reconoce es nula, pero lo mejor es revisar todo antes de firmar y pedir orientación.
Aviso: esta guía es informativa y no sustituye la asesoría de una persona abogada. Cada caso tiene detalles que cambian el cálculo, como el tipo de contrato y el salario integrado.